TASACIONES EN MURCIA Y ALICANTE
Es una Empresa que nace independiente, adoptando todas las normas legales vigentes, actuando con valores éticos y profesionales, manteniendo una confianza suficiente y recopilando una información constante, veraz, fiable que nos permite una credibilidad y un prestigio profesional que perciben quien solicita y requiere regularmente nuestros servicios, en el desarrollo de actividades que por su naturaleza o competencia nos son propias.
respondiendo con sus acreditaciones de las disposiciones legales vigentes.
Hemos establecido un modelo empresarial avanzado, estructurado con los servicios de profesionales cualificados, teniendo una gran capacidad de gestión desarrollada en la dirección más óptima.
El objetivo principal es dar un buen servicio, rápido, seguro en cuanto a máxima fiabilidad y calidad, ya que nos sometemos en base a las disposiciones que en ésta materia regula la Ley del Mercado Hipotecario (25/03/1981), el real decreto (27/03/1982), Orden ECO/805/2003 y otras disposiciones concordantes.
Ley 41/2007 de 7/12/07, artículo 5: “Las entidades de crédito, incluso aquellas que dispongan de servicios propios de tasación, deberán aceptar cualquier tasación de un bien aportada por el cliente, siempre que sea certificada por un tasador homologado de conformidad con lo previsto en la presente Ley, y no esté caducada, según lo dispuesto legalmente, y ello sin perjuicio de que la entidad de crédito pueda realizar las comprobaciones que estime pertinentes, de las que en ningún caso podrá repercutir su coste al cliente que aporte la certificación”.
Telf. contacto: 968-192021
jueves 3 de septiembre de 2009
Colegiados
La ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TASADORES INMOBILIARIOS (A.P.T.I.) es una entidad privada que acoge a profesionales en activo del sector de la inversión, valoración, tasación y peritaje de bienes tanto inmuebles como muebles, y actualiza los conocimientos técnicos para el estudio de los valores de casas, viviendas, solares, locales, despachos, comercios, naves industriales, parkings, fincas rústicas, forestales, etc. para su valoración.
Es misión de esta asociación la actualización de conocimientos de todos sus asociados adaptándolos a las normas internacionales para su mejor cometido, estando para ello en contacto con organismos internacionales, universidades y escuelas especializadas, creando con ello un bien para el mercado y los usuarios de sus servicios.
Colegiados 1170 y 1187
Tarifas del Colegio
Tarifas Recomendadas
TARIFAS RECOMENDADAS PARA INFORMES DE TASACIONES Y VALORACIONES INMOBILIARIAS
VIVENDA INDIVIDUAL | |
Hasta 120.200 | 245,44.-Euros |
Cada 6.000 más o fracción hasta un máximo de 600.000 | 16,00.-Euros |
Más de 600.000 y hasta 30.000.000 | 825,00.-Euros+0.005% s/exceso de 600.000 |
LOCALES COMERCIALES, OFICINAS Y NAVES INDUSTRIALES | |
Hasta 90.150 | 245,44.-Euros |
Cada 6.000 más o fracción | 17,20.-Euros |
Más de 600.000 y hasta 3.000.000 | 957,00.-Euros+0.03% s/ exceso de 600.000 |
Más de 3.000.000 | 2.350,00.-Euros + 0.03% s/ exceso de 3.000.000 |
EDIFICIOS EN GENERAL, DE VIVIENDAS Y LOCALES | |
Hasta 120.200 | 282,00.-Euros |
Cada 6.000 más o fracción | 16.-Euros |
Más de 600.000 y hasta 3.000.000 | 862,00.-Euros+0.03% s/ exceso de 600.000 |
Más de 3.000.000 | 2.460,00.-Euros + 0.03% s/ exceso de 3.000.000 |
FINCAS RÚSTICAS, AGRICOLAS Y GANADERAS | |
Hasta 120.200 | 454,43.-Euros |
Cada 6.000 más o fracción | 16.-Euros |
Más de 600.000 y hasta 3.000.000 | 934,53.-Euros+0.03% s/ exceso de 600.000 |
CERTIFICACIONES DE OBRA | |
0,08% con un mínimo de | 145,43.-Euros |
SOLARES | |
Para vivienda unifamiliar en urbanización | 345,44.-Euros |
En el resto de los casos y hasta 300.500 | 563,61.-Euros |
el exceso hasta 600.000 | 1.075% |
el exceso de 600.000 hasta 1.500.000 | 1.045% |
el exceso de 1.500.000 hasta 3.000.000 | 1.030% |
el exceso de 3.000.000 hasta 6.000.000 | 1.020% |
el exceso de 6.000.000 | 1.015% |
Si es fuera de capital de provincia o de un núcleo importante de población en la que no haya tasador se podrá, previo pacto con el cliente, incrementar en 43,63.-Euros (o 0.20 Euros/Km) |
TARIFA-MINUTA DE VALORACIÓN RECOMENDADA PARA PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
Formulación: Honorarios mínimos = 300 € (49.916 ptas.) o (coef. x valor)
Valor de cada Finca valorada (en euros) | Valor de cada Finca Valorada (en pesetas) | Coef. Aplicable | Coef. Aplicable en % | Tarifa variable (en euros) | Tarifa variable (en pesetas) |
60.000 | 9.983.160 | 0,003 | 0,3 | 180 | 29.949 |
90.000 | 14.974.740 | 0,003 | 0,3 | 270 | 44.924 |
120.000 | 19.966.320 | 0,0025 | 0,25 | 300 | 49.916 |
180.000 | 29.949.480 | 0,0025 | 0,25 | 450 | 74.874 |
240.000 | 39.932.640 | 0,0025 | 0,25 | 600 | 99.832 |
300.000 | 49.915.800 | 0,0025 | 0,25 | 750 | 124.790 |
360.000 | 59.898.960 | 0,0025 | 0,25 | 900 | 149.747 |
420.000 | 69.882.120 | 0,0025 | 0,25 | 1.050 | 174.705 |
480.000 | 79.865.280 | 0,0025 | 0,25 | 1.200 | 199.663 |
540.000 | 89.848.440 | 0,0025 | 0,25 | 1.350 | 224.621 |
600.000 | 99.831.600 | 0,0025 | 0,25 | 1.500 | 249.579 |
1.200.000 | 199.663.200 | 0,0015 | 0,15 | 1.800 | 299.495 |
1.800.000 | 299.494.800 | 0,0012 | 0,12 | 2.160 | 359.394 |
2.400.000 | 399.326.400 | 0,001 | 0,1 | 2.400 | 399.326 |
3.000.000 | 499.458.000 | 0,0009 | 0,09 | 2.700 | 449.242 |
Nota: Cuando, en un mismo expediente judicial, se valoran varias entidades del mismo inmueble que tengan uso idéntico se hará una bonificación de los honorarios de un 20%
¡OJO!: Esta bonificación se realizará exclusivamente si la valoración es sobre dos pisos, si es de un piso o un despacho o de un local de negocio y un parking no hay bonificación.
Tlefono de contacto: 968-192021 , 629844403 644 53 14 20
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